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“La terminación del CONTRATO por cualquier causa facultará a VERISURE: (i) a exigir al CLIENTE la retirada de todos los distintivos o disuasorios exteriores; y (ii) a retirar todo el material instalado en el caso de que quede una parte del SISTEMA DE SEGURIDAD instalado pendiente de pago.” *
“En ningún caso la resolución del CONTRATO eximirá al CLIENTE de sus obligaciones de pago frente a VERISURE por cualquier concepto” *
* conforme cláusula 11.1 inc. “C” – Condiciones Generales del Servicio de Monitoreo de Alarma.